Es el Sistema de Autocontrol, Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos, del Financiamiento del Terrorismo y del Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva-LA/FT/FPADM, incluye el Reporte de Operaciones Sospechosas a la UIAF, (Circular Externa No.
100-000016 del 24 de diciembre de 2020 – Capítulo X). Las que cumplan con los requisitos del numeral 4 del Capítulo X.
Ámbito de aplicación
Numeral 4 del Capítulo X: (i) Régimen Integral y, (ii) Régimen de Medidas Mínimas.
Sectores especiales para implementación:
‑ Agentes inmobiliarios.
‑ Comercialización de metales y piedras preciosas.
‑ Servicios contables.
‑ Servicios jurídicos.
‑ Sociedades Operadoras de Libranza (Vigiladas por la Superintendencia de Sociedades).
‑ Sociedades con Actividades de Mercado Multinivel.
-Construcción de edificios y obras de ingeniería civil.
‑ Operaciones con activos virtuales.
‑ Empresas que reciben aportes en activos virtuales.
‑ Sociedades Administradoras de Planes de Autofinanciamiento Comercial (SAPAC).
‑ Fondos Ganaderos.
‑ Sociedades que realizan actividades de factoring
(Vigiladas por la Superintendencia de Sociedades).
Beneficios de la implementación
- Protege a la sociedad de los riesgos LA/FT/FPADM.
- Protege el buen nombre, la competitividad, la productividad y perdurabilidad de la sociedad.
- Aumenta el conocimiento de clientes y contrapartes de las empresas, mejorando la toma de decisiones estratégicas y evitando la exposición a riesgos.
- Desarrollo de una gestión empresarial responsable y segura.